El Gobierno aprueba la regularización extraordinaria
Anunciamos la puesta en marcha para solicitudes a partir del lunes 20 de abril de manera telemática y presencial. El sistema de cita previa se habilitará ese mismo día.
- La autorización dará derecho a trabajar en cualquier sector durante un año.
- Dirigida a personas en situación irregular en España desde antes del 1 de enero de 2026.
- Requiere 5 meses de permanencia ininterrumpida acreditada.
Guía Detallada del Procedimiento
Para que el proceso sea ágil y exitoso, debes cumplir obligatoriamente estos requisitos:
- Presencia previa: Debes estar en España desde antes del 1 de enero de 2026.
- Permanencia mínima: Debes acreditar que has vivido en España al menos 5 meses de forma ininterrumpida.
- Tipo de solicitante: Extranjeros en situación irregular y solicitantes de protección internacional (asilo) registrados antes de 2026.
Bajo el amparo del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos), tus datos están protegidos con estándares de seguridad bancaria. Sin embargo, para que la atención sea puntual y ágil, es indispensable que toda la información que proporciones sea fidedigna.
Requisito de conducta: Debes carecer de antecedentes penales en España y en tus países de residencia anteriores (últimos 5 años) y no suponer una amenaza para la salud o seguridad pública.
Uso Obligatorio del Wallet Digital
Todo el proceso conlleva el pago de la Tasa de Autorización (Tasa 052) por importe de 38,28 €. Para garantizar la puntualidad y evitar errores, este se realiza exclusivamente a través de tu Wallet Digital.
NOTA: No se reciben pagos en efectivo de forma directa.
Recursos y Enlaces Oficiales
¿Está listo para iniciar?
Si cumple con los requisitos arriba mencionados, elija cómo desea comenzar su trámite.